miércoles, 30 de diciembre de 2020

Pleno Municipal de Diciembre de 2020

 

 


 

Pleno municipal del 17 de diciembre:
Opinión sobre algunos de los temas que se trataron:
  • Concentración parcelaria de Pedrosa de Tobalina, La Orden y Valujera.

  • Travesia de Pedrosa y Quintana M.G.

 

jueves, 30 de julio de 2020

domingo, 15 de marzo de 2020

Aprueban los presupuestos del Valle de Tobalina


Se aprueban los presupuestos del Valle de Tobalina del PP con la abstención del PSOE. Vivir en Tobalina votó en contra por considerar que no dan respuesta a las necesidades de los habitantes del Valle.

 

Se rechazaron todas las propuestas de Vivir en Tobalina:

  1. Contratación de un Tesorero para controlar los gastos.

  2. Aprobar una ordenanda para regular el alquiler de viviendas municipales.

  3. Consultar a los vecinos y vecinas sobre el pabellón que costará 1,2 millones de euros.

  4. Colocación de detectores de humos en viviendas de personas.mayores y solas.

 

miércoles, 29 de enero de 2020

¿Hay alguna relación entre un concejal y el empresario que ha facilitado las actuaciones y actividades festivas ?


Esta es la pregunta que no ha contestado la actual corporación municipal: 
¿Hay alguna relación entre un concejal y el empresario que ha facilitado las actuaciones y actividades festivas ? 

Otra pregunta que nos hacemos en Vivir en Tobalina es: ¿Porqué hemos gastado este año 25.000€ para actividades en fiestas cuando un presupuesto hacía lo mismo por 14.000€? 

Como dato es interesante que sepamos que se han empleado 10.900 € para pagar una orquesta.

miércoles, 8 de enero de 2020

Crónicas del pleno municipal de Diciembre de 2019 en Valle deTobalina


 El gobierno del PP-PSOE es el gobierno del no al todo, incluso de lo que beneficia a los tobalineses y las tobalinesas.

 La alcaldesa desestima la inclusión en el Pleno la elaboración de ordenanzas para:
- Viviendas municipales.
- Programa Madrugadores
- Aparcamiento autocaravanas en el Purón.
- Inventario de bienes municipales en las pedanias.
Así como realizar una Depuradora de aguas residuales en Quintana Martín Galíndez.
 
Si que incluyó finalmente la elaboración Programa Madrugadores que habian negado en otros Plenos anteriores. ¿Ha cambiado algo en este aspecto?

Se considera prioritario la contrucción de un polideportivo en Quintana M.G. , pero no la construcción de una depuradora de aguas fecales para no contaminar el Ebro y evitar más multas de la Confederación.

Aunque el PSOE llevaba en su programa realizar un Aparcamiento de autocaravanas en el Purón, ha votado por no tratarlo en este Pleno

martes, 3 de diciembre de 2019

El PSOE permite construir un nuevo pabellón deportivo en Quintana Martín Galindez



El PSOE recula y donde antes se preguntaba si el pabellón deportivo era necesario, ahora con la coalición con el PP no ve problemas en gastar 1,2 millones de euros en un pabellón que además supondrá un gasto de 30.000€ de mantenimiento anual.





viernes, 22 de noviembre de 2019

PP y PSOE forman en Tobalina una "gran coalición"


En el último Pleno municipal, la Alcaldesa de Tobalina Raquel González ha expresado que la concejala de Cultura forma parte del gobierno municipal, con lo que ha reconocido que el PSOE forma parte del gobierno junto al PP.

Es un hecho que habían estado ocultando.


Se trata de una traición del PSOE a sus electores, y todo, a cambio de una concejalia con sueldo.

VenT le ofreció al PSOE la alcaldia, pero hoy dia está muy cómodo siendo la muleta del PP en el Valle.
 

Se trata de una ocultación de los hechos que debe hacer reflexionar a los votantes de ambos partidos.
¿Porqué lo han ocultado? 


El acuerdo se delataba por sus hechos, ya que el PSOE ha estado "regalando" sus votos al PP de manera inexplicable a priori.

viernes, 8 de noviembre de 2019

viernes, 23 de agosto de 2019

Reparto de salarios entre PP y PSOE


El PSOE acuerda con el PP los salarios de la alcaldesa y los concejales delegados. Tras el reparto de cargos en la Residencia de Mayores del Valle de Tobalina, llegan los salarios en el equipo de gobierno del valle.

 http://vivirentobalina.blogspot.com/2... 

 De programa y medidas no sabemos nada.

sábado, 10 de agosto de 2019

El PSOE regala la mayoria del consejo de la Residencia al PP, de manera inexplicable.



El Consejo de Administración de SERMUTOSA completa su Consejo de Administración.

El PSOE le ha ¿regalado? al PP la mayoria absoluta del Consejo, cuando este tiene la minoria de concejales en el ayuntamiento (3 concejales, frente a los 4 concejales de PSOE y VenT)

El PP obtiene 3 miembros, PSOE 1 miembro y Vivir en Tobalina 1 miembro.


Nuevo ayuntamiento vieja política.

miércoles, 3 de julio de 2019

Primer Pleno de reparto de carteras entre PP y PSOE.




El día 28 de junio se celebró el pleno extraordinario en el que se aprobó la estructura municipal y las responsabilidades que van a desempeñar los distintos concejales.

 

  Como siempre, fuimos a un pleno con las propuestas del gobierno municipal ya definidas, como si alguien no hubiese perdido la mayoría absoluta, ya que la estructura de funcionamiento que se presentó es la misma que hasta ahora había venido funcionando. 


El grupo Vivir en Tobalina rechazó unos nombramientos que no eran fruto del acuerdo y la negociación y que se encuadraban en una estructura municipal que no compartimos, apuntándose inmediatamente el grupo socialista a desempeñarlos ellos, lo que la alcaldesa concedió.




 


miércoles, 26 de junio de 2019

Invitación a conocer de primera mano como fueron las negociaciones con el PSOE para formar gobierno municipal

El sabado 29 de junio invitamos a todos los vecinos y vecinas que quieran saber de primera mano como  fueron las negociaciones para formar gobierno municipal en el Valle de Tobalina.

- Hostal Valle de Tobalina
- 19:00 horas



domingo, 16 de junio de 2019

Mensaje de Vivir en Tobalina tras el Pleno de Investidura de alcalde


  Nerea López habla a los vecinos y vecinas de Tobalina tras el Pleno de Investidura de alcalde.

  No se trataba de cambiar a uno para poner a otro sin más. 

  El candidato del PSOE puso sus salarios, su ego y ansias de poder por encima de la voluntad de cambio de los vecinos y vecinas del Valle de Tobalina.



miércoles, 15 de mayo de 2019

Algunos hechos de la legislatura 2015-2019

 En este pequeño vídeo podemos conocer algunas de las experiencias vividas en estos cuatro últimos años.

 Algunos de los logros han sido a propuesta de Vivir en Tobalina, como el impuesto de los tendidos eléctricos o la inyección de dinero a las pedanias.

  Hemos apreciado una gestión más que discutible de  los contratos de arrendamiento del Hostal o el bar de las Piscinas, y falta de ideas y soluciones para la Residencia, las pedanías o el desarrollo del valle.

  Vivir en Tobalina llevó al Pleno municipal el programa de madrugadores para la ayuda a la conciliación familiar, pero se quedó sin votar por el equipo de gobierno y ahora lo proponen ellos.

 Recordemos así mismo cómo los miembros del gobierno municipal se asignaron un salario, salario que no habían  indicado en su Programa Electoral de 2015.
 

domingo, 14 de abril de 2019

Entrevista radiofónica a Nerea López , candidata a alcaldesa por Vivir en Tobalina.

Llena de ilusión y con ganas de mejorar el Valle de Tobalina, Nerea, vecina de Montejo de Cebas, contesta a las preguntas de Radio Espinosa Merindades.






viernes, 22 de junio de 2018

Tasa a las líneas de alta tensión



Después de varios años insistiendo en que se estaba dejando de ingresar alrededor de 500.000 € al año, parece que el ayto. de Tobalina va a hacer caso al grupo de Vivir en Tobalina.

El Supremo avala las tasas municipales a las instalaciones de electricidad y gas.

El ayuntamiento de Tobalina puede crear un tasa eléctrica para cobrar a Red Eléctrica por la ocupación de territorio de los tendidos eléctricos. ¿Porqué no lo hace?

En cinco sentencias dictadas en los últimos días, la Sala III avala las ordenanzas fiscales del año 2014 de los ayuntamientos de Arteixo (A Coruña), Serradilla (Cáceres) y Villalcampo (Zamora) que establecían la regulación y las tarifas de la ‘tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos”

 El Tribunal Supremo ha aceptado que los ayuntamientos valoren como ‘construcciones’ las líneas eléctricas de alta tensión y las canalizaciones de gas a efectos del cálculo de la base imponible de la tasa por utilización del dominio público local.  


La Sala III ha rechazado recursos interpuestos por Red Eléctrica, Unión Fenosa y Gas Galicia, compañías que tachaban de error dar esa consideración a esas instalaciones, lo que repercutía en el valor catastral de los terrenos y en un incremento del gravamen que entendían no justificado.

En cinco sentencias dictadas en los últimos días, el Supremo avala las ordenanzas fiscales del año 2014 de los ayuntamientos de Arteixo (A Coruña), Serradilla (Cáceres) y Villalcampo (Zamora) que establecían la regulación y las tarifas de la ‘tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos”.

El cálculo de las tarifas de la tasa se realiza de acuerdo a un estudio técnico-económico, según el cual, el valor del inmueble se obtiene sumando el valor catastral del suelo rústico con construcciones al valor de las instalaciones, y la base imponible es resultado de multiplicar ese valor del inmueble al coeficiente de relación con el mercado y la ocupación en metro cuadrado que corresponde a cada metro lineal.

El Supremo, contra la postura de las citadas empresas, considera que la ordenanza no vulnera los artículos 24 y 25 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, que establece que el importe de estas tasas se fijará tomando como referencia el valor que tendría en el mercado la utilidad derivada de dicha utilización o aprovechamiento, si los bienes afectados no fuesen de dominio público.

El alto tribunal recuerda que “al cuantificar la tasa no se trata de alcanzar el valor de mercado del suelo por el que discurren las instalaciones que determinan el aprovechamiento especial o el uso privativo del dominio público local, sino el de la utilidad que esos aprovechamientos o usos reportan. Por ello, son admisibles todos los métodos que, cualquiera que sea el camino seguido, desemboquen en un valor que represente la utilidad en el mercado obtenida por el sujeto pasivo”.

Añade que “al controlar esa elección los tribunales de justicia no podemos sustituir la opción municipal por nuestro subjetivo criterio. Tan sólo nos compete comprobar que la elección conduce al resultado querido por la Ley y lo hace aplicando, motivada y razonadamente, criterios objetivos, proporcionados y no discriminatorios, determinados con transparencia y publicidad”.

En ese sentido, resalta que “no cabe calificar de inadecuado acudir para determinar el aprecio que corresponde a esa utilidad al valor catastral del suelo, que tiene siempre como límite el del mercado (…), valor catastral que en el caso de la Ordenanza discutida es el rústico con construcciones [el valor catastral es la suma del valor del suelo más el de las construcciones], por ser de esa naturaleza el suelo por el que discurren las instalaciones cuyo establecimiento es la causa del uso del dominio (…). Téngase en cuenta que, a efectos catastrales, se reputan construcciones las instalaciones industriales, considerándose, entre otras, los diques, tanques, cargaderos (…), lista abierta que permite calificar de tales” a las líneas aéreas de alta tensión o a las canalizaciones de gas a que se refieren las Ordenanzas discutidas.

Para el alto tribunal, “la toma en consideración de tales infraestructuras para calcular la base imponible de la tasa resulta adecuada a la finalidad perseguida por el legislador: si se trata de valorar la utilidad que proporciona al sujeto pasivo el uso privativo o el aprovechamiento especial del dominio público local por la instalación de los mencionados elementos relativos a la distribución de electricidad, parece de todo punto razonable tomarlas en consideración”.

Añade que la aplicación del coeficiente de relación con el mercado encuentra plena justificación en la medida en que se trata de cumplir el mandato legal de que el valor catastral no supere al de mercado. Como quiera que la base imponible se determina por el valor que tendría en el mercado la utilidad derivada del aprovechamiento especial o el uso privativo del dominio público local, parece de todo punto ajustada a las exigencias legales la aplicación de un coeficiente que tiene por designio evitar que el valor catastral de los bienes considerados supere al del mercado.

“No compartimos la perplejidad de la recurrente ante la eventualidad de que el valor de la utilidad pueda ser superior al catastral del suelo por el que discurren las líneas, porque, como ya hemos indicado, no se trata de gravar un suelo rústico de uso agropecuario, sino la utilidad que le reporta al sujeto pasivo la utilización privativa o el aprovechamiento especial del mismo, con exclusión de los demás, para una actividad netamente industrial consistente en transportar y distribuir energía eléctrica”, dice el alto tribunal.

Expone la sentencia que, en un juicio estrictamente técnico, se podrá discutir si otros parámetros distintos de los elegidos hubieran sido más adecuados para determinar el valor de esa utilidad, pero en un juicio estrictamente jurídico, como el que incumbe al Supremo, se debe concluir que los ayuntamientos han aplicado para determinar la base imponible y las tarifas de la tasa que regula la Ordenanza impugnada unos parámetros objetivos, proporcionados y no discriminatorios que respetan las exigencias del artículo 24.1.a) TRLHL.

Las sentencias cuentan con votos particulares de tres de los siete magistrados que las han dictado, que consideran que debieron estimarse los recursos de las empresas.
El Alto Tribunal falla contra las empresas, que no pagaban la tasa que fijan los ayuntamientos por atravesar sus territorios porque no reconocían el gravamen o lo consideraban desprorcionado.  
Fuente: Expansion
                poderjudicial